En los sectores Textil, Marroquinería, Juguete, Mueble y Madera existen diferentes herramientas que te permitirán disminuir la factura fiscal.

Las Deducciones Fiscales por I+D+i asociadas a muestrarios

El primero de ellos, y más conocido, consiste en las Deducciones Fiscales por I+D+i de los gastos asociados al desarrollo del primer muestrario.

Este derecho está regulado por la Ley 4/2008: “Se entiende por muestrario el resultado de las actividades realizadas para el desarrollo de un conjunto de prototipos potencialmente convertibles en un nuevo producto. Cada proyecto de muestrario engloba un conjunto de colecciones que se agrupan temporalmente, generalmente en dos periodos anuales (muestrario primavera/verano, muestrario otoño/invierno)”.

El desarrollo de un muestrario consta de cuatro Fases:

  • Fase 1: Concepción y captación de tendencias.
  • Fase 2: Diseño y definición. Esta fase conlleva el trabajo de diseñadores externos o dedicación de los internos en la creación de nuevas colecciones. Diseñado el producto, hay que adaptarlo a las necesidades del mercado o las características de trabajo de la empresa. No todos los diseños originales acaban convirtiéndose en prototipos. Algunos no son aceptados. Los diseños seleccionados se definen hasta dar como resultado el conjunto de fichas técnicas de la primera versión de los correspondientes prototipos.
  • Fase 3: Materialización de los prototipos. A partir de las fichas técnicas resultado de la segunda fase, se fabricarán las primeras versiones de los prototipos. Estos pueden sufrir modificaciones, fruto de diferentes pruebas y ensayos, que se materializan en distintas versiones del prototipo hasta dar lugar a la versión final del mismo. Esta versión final del prototipo podrá inmortalizarse en un catálogo.
  • Fase 4: Preserie, marketing y distribución

Teniendo en cuenta lo anterior, al presentar tu Impuesto sobre Sociedades, te podrás deducir hasta un 12% del gasto asociado al desarrollo de las fases 2 y 3 (Art. 35 del TRLIS Ley 27/2014 de 27 de noviembre) que se corresponden con el ciclo de creación de un muestrario.

El IP-Box (Patent Box) y los Diseños

Dicho lo anterior, si además tienes protegidos tus diseños (como dibujos y modelos), también puedes beneficiarte de otro incentivo fiscal como es el IP-Box (Patent Box) que supondrá la disminución de un 60% en los ingresos obtenidos por la cesión de ese diseño a través de un ajuste extracontable negativo.

A tener en cuenta dos aspectos importantes.

  • En Navarra el ahorro fiscal sería de un 70%.
  • En el régimen foral del País Vasco se excluyen los dibujos y modelos.

Las Deducciones Fiscales por I+D+i y el IP-Box son compatibles ya que se aplican en diferentes etapas del ciclo de vida que tiene un producto.

Bonificaciones por personal dedicado a actividades de Innovación

Por otro lado, si los diseñadores cumplen con lo descrito en el Real Decreto 475/2014 de 13 de junio, se les puede aplicar una bonificación del 40% en las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes dado que sus actividades se consideran innovación.

La Combinación de las Deducciones Fiscales por I+D+i, el IP-BOX y las Bonificaciones

Por tanto, la combinación de los tres incentivos es un derecho, siempre y cuando se cumplan los requisitos recogidos en la legislación. El ahorro generado permitirá llevar a cabo, entre otras iniciativas, la reinversión de los gastos y así seguir creciendo.

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