SUBVENCIONES PARA LA REACTIVACIÓN DE LA INDUSTRIA Y SERVICIOS CONEXOS A LA INDUSTRIA EN LA CIUDAD DE MADRID

La convocatoria y ámbito:

El objeto de las presentes bases es regular la concesión de subvenciones para el fomento, impulso y reactivación de la industria de la Ciudad de Madrid para la anualidad 2023.

Imputación presupuestaria:

El importe máximo estimado que se destinará a la concesión de estas subvenciones será de 3.000.000 euros, con cargo al ejercicio 2023.

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las pymes ubicadas en el término municipal de Madrid y que cumplan una serie de requisitos.

Líneas subvencionables:

A) Línea de DIGITALIZACIÓN. Incluye iniciativas que supongan la implantación y desarrollo de las Tecnologías de la Electrónica, la Información y las Comunicaciones (TEIC), que unifiquen en la propia empresa los distintos procesos inherentes a la producción y que ofrezcan soluciones para que las empresas industriales avancen en la transición hacia un modelo de Industria 4.0.

Serán beneficiarias en esta línea las pymes que estén incluidas en los epígrafes de la CNAE-2009:
• Sección C – Divisiones 10 a 32
• Sección E – Divisiones 382, 383 y 390

B) Línea de PRODUCCIÓN SOSTENIBLE. Las actuaciones subvencionables en esta línea tienen por objeto reducir el consumo de energía final y las emisiones de CO2 de las instalaciones productivas.

Serán beneficiarias en esta línea las pymes que estén incluidas en los epígrafes de la CNAE-2009:
• Sección C – Divisiones 10 a 32.
• Sección E – Divisiones 382, 383 y 390.

C) Línea de MEJORA PRODUCTIVA INDUSTRIA 4.0. Esta modalidad supone la mejora, ampliación y/o
modificación de las líneas de producción ya existentes en las empresas industriales y servindustriales, para actuaciones que mejoren la productividad, eficiencia, y el fortalecimiento de su posición competitiva, a través de una producción superior en calidad y/o cantidad
. Se incluirán en esta línea los proyectos industriales referidos a economía circular.

En esta modalidad podrán ser beneficiarias las PYMES encuadradas en las siguientes secciones de la CNAE 2009:
• Sección C – Divisiones 10 a 32
• Sección E – Divisiones 382, 383 y 390
• Sección G – CNAE 4520
• Sección J – CNAE 5912, 5915 y 5920.
• Sección M – CNAE 7211 y 7219

D) Línea de RESPUESTA AL DESAFÍO TECNOLÓGICO. Las actuaciones que podrán subvencionarse en esta
línea se corresponden con las inversiones realizadas para la incorporación de nuevos procesos de fabricación aditiva en la industria, fabricación de tecnología referida a energías renovables limpias, fabricación de robots, robots blandos, robots colaborativos, máquinas herramienta cuando se incorpora inteligencia artificial, máquinas inteligentes y conectadas, fabricación de nuevos materiales y alta tecnología.

En esta modalidad podrán ser beneficiarias las PYMES encuadradas en las siguientes secciones de la CNAE 2009:
• Sección C – Divisiones 13 a 32
• Sección M – CNAE 7211 y 7219

Ámbitos temporales de la inversión:

Se consideran subvencionables las inversiones realizadas por los beneficiarios para la convocatoria del año 2023: desde el 1 de mayo del año 2022 hasta el 30 de abril del año 2023.

Importe de las subvenciones:

Los porcentajes subvencionables se incrementarán en un 20 % adicional en el supuesto de que el proyecto de inversión se realice en un centro productivo localizado en los distritos del sur y el este incluidos en el Plan SURES: Carabanchel, Latina, Moratalaz, Puente de Vallecas, San Blas, Usera, Vicálvaro, Villa de Vallecas y Villaverde, por la especial necesidad de su reactivación económica e industrial y la importancia que tiene para los objetivos de cohesión territorial.

La ayuda concedida será compatible con otras ayudas o subvenciones similares, cualquiera que sea su naturaleza y la entidad que las conceda, siempre que conjuntamente no superen el coste de la inversión.

Plazo y lugar de presentación de las solicitudes:

Para la anualidad 2023, el plazo de presentación de solicitudes será del 1 al 28 de febrero de 2023, ambos días incluidos.

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